Quienes venimos trabajando por los derechos de las infancias y la adolescencia no podemos mas que expresar nuestro profundo dolor y preocupación por el reciente fallecimiento del adolescente que, estando alojado en el Centro de Régimen Cerrado “Dr. Luis Agote”, sufriera graves heridas por quemaduras dentro de ese establecimiento.
Hoy más que nunca, en un país donde como nunca en su historia se ha dado la mayor ampliación de derechos de las infancias, se hace necesario reforzar la exigibilidad del cumplimiento de todos sus derechos; los cuales incluye los de la infancia y adolescencia privada de su libertad.
Debe ser prioridad, en las diferentes instancias de intervención con las infancias y la adolescencia, que las prácticas desde las Instituciones junto a la de sus profesionales y personal, superen los viejos criterios del “patronato” y den paso, de manera inequívoca, al nuevo paradigma de la “protección integral” y resguardo de sus derechos.
Queda claro hoy que resta mucha tarea a realizar, desde las Instituciones y a través de sus diferentes dispositivos, para dejar atrás los resabios aún presentes del paradigma “tutelar” o de la “situación irregular” que por tantos años se había enraizado en las intervenciones y “prácticas cotidianas” para con las infancias y adolescencia.
De ninguna manera es tolerable que Instituciones de alojamiento de niñas, niños y adolescentes privados de su medio familiar mantengas prácticas de “celdas de aislamiento” o “buzón”. Tanto la Convención de Derechos del Niño, como el plexo normativo vigente prohíben, en la Argentina contemporánea, la utilización de estas celdas, ya sea de forma abierta o velada.
Este lamentable suceso pone en evidencia que la infancia y adolescencia privada de su libertad, aún parece estar atravesada por el “nunca nada es suficiente” para mejorar sus condiciones. Y que todo el esfuerzo que se ha venido desarrollando en los últimos años, tal como lo ha reconocido la Comisión de Seguimiento del Tratamiento Institucional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Defensoría General de la Nación (CSTINNyA), no bastan para revertir determinados estados de situación, como de algunas prácticas de ciertos efectores.
El tratamiento institucional es sencillamente el trato que se les brinda en las distintas instituciones a las niñas, niños y adolescentes –esto es, los destinatarios– que se encuentren en situación de privación de libertad o de separación del medio familiar. Y el “buen trato” es un estándar normativo que surge de una lectura integral y sistemática de todo el ordenamiento internacional, nacional y local en materia de infancia y adolescencia. De esta manera, el concepto de “buen trato” –entendido como estándar genérico o marco– se encuentra conformado por un catálogo de estándares específicos vinculados a diferentes cuestiones.
Tanto la Defensoría General de la Nación como UNICEF recomiendan practicar una intervención continua respecto de las condiciones de alojamiento de las niñas, niños y adolescentes privados de su medio familiar, de modo de asegurarles condiciones dignas de conformidad con los estándares aplicables a la materia. Y estos organismos recomiendan enfáticamente contar con un régimen disciplinario homogéneo y escrito que estipule las garantías del debido proceso, y contar con un mecanismo de control efectivo.
Por lo tanto, de ninguna manera puede haber margen hoy para las “celdas de aislamiento” o “buzón”.
Porque como bien ha señalado la CSTINNyA en su informe del 2012: "… en la lucha diaria por garantizar el “buen trato” hacia la infancia y adolescencia que, de una u otra manera, se encuentra institucionalizada, se juega también la legitimidad del Estado de Derecho".
Jose Machain
* Consejero por Legislatura (Bloque FpV) - Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (CABA)
* Secretaría de Infancia y Adolescencia – Movimiento Evita Capital